jueves, 5 de agosto de 2010

filosofia

8. POSITIVISMO Y SOCIOLOGISMO
8.1 EL POSITIVISMO Y SUS PROYECCIONES EN EL PENSAMIENTO JURIDICO
El Positivismo surgió en Francia en la segunda mitad del siglo XIX, su nombre proviene del propósito de utilizar para investigación filosófica los métodos y resultados de la ciencia positiva, al surgir en Francia se difunde por toda Europa y se convierte en la forma preferida de pensar de filósofos, historiadores, científicos, literatos, etc.
8.2 EL SOCIOLOGISMO JURIDICO
La Sociología del Derecho, es aquella disciplina que estudia los problemas, las implicaciones, y todo aquello concerniente a las relaciones entre el
Derecho y la sociedad. A diferencia de la Teoría del Derecho y de la Filosofía política, el principal problema u objeto de estudio de la sociología jurídica es el de la eficacia del derecho.
La sociología jurídica es para algunos, una rama de la
sociología general. Para otros, es una subdisciplina del derecho (En europa se institucionalizo como disciplina). A nivel general, es una aproximación sociológica al derecho.
Realismo jurídico
El realismo jurídico es una doctrina filosófica que identifica al derecho con la eficacia normativa, con la fuerza estatal o con la probabilidad asociada a las decisiones judiciales. Para los realistas jurídicos el derecho no está formado por enunciados con contenido ideal acerca de lo que es obligatorio, sino por las reglas realmente observadas por la sociedad o impuestas por la autoridad estatal.
Se pueden distinguir al menos cuatro escuelas:
El realismo clásico de los sofistas griegos, La escuela del realismo jurídico norteamericano, La escuela escandinava y El realismo de la interpretación jurídica del francés
Michel Troper.


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